Plantilla para el Contrato de Alquiler de Vivienda - generador

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA

En ________, ________

REUNIDOS


De una parte, ________, mayor de edad, con DNI ________, con domicilio a efectos de notificación ________.



Y de otra parte, ________, mayor de edad, con DNI ________, con domicilio a efectos de notificación ________.

INTERVIENEN


________ actuando en nombre propio y representación, en calidad de la parte arrendadora.



Y ________ actuando en nombre propio y representación, en calidad de la parte arrendataria.

Ambas partes se declaran con la capacidad legal necesaria para el otorgamiento de este contrato.

EXPONEN

1. Qué la parte arrendadora es propietaria de la vivienda sita en ________, cuya descripción es la que figura en el título de propiedad, según consta en el Registro de la propiedad correspondiente, con la descripción del mismo.


  REFERENCIA CATASTRAL Nº ________

  CERTIFICADO ENERGETICO: ________

  CÉDULA DE HABITABILIDAD: ________


2. Que la parte arrendataria, estando interesada en el arrendamiento de la citada vivienda, tiene convenido, verbalmente, con la parte arrendadora, a cuyo efecto otorgan el presente contrato de arrendamiento para la vivienda.

 
Que habiéndose convenido el arrendamiento de la vivienda reseñada en el Expositivo anterior, formalizan a tal efecto el presente contrato con arreglo a las siguientes:

C L A Ú S U L A S

PRIMERA.- Objeto del contrato.

El objeto del presente contrato es el arrendamiento de la vivienda ubicada en ________, que ha quedado reseñada en el Expositivo I.

La vivienda se arrienda equipada con los bienes identificados en el Anexo 1, adjunto al presente documento.


SEGUNDA.- Duración. 

El plazo de duración del presente contrato es de ________ AÑOS, sin perjuicio del derecho de la parte arrendataria, a la prórroga del mismo (hasta 5 años), conforme a lo dispuesto en el art. 9 de la L.A.U, reformada por la Ley 4/2013 del 4 de junio y el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo y empezará a regir el día ________. La parte arrendataria podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique a la parte arrendadora con una antelación mínima de treinta días.


Si llegada la fecha de vencimiento del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, y una vez transcurrido el periodo de prórroga obligatoria, si no existe comunicación de alguna de las partes en la que se establezca la voluntad de no renovarlo realizada con cuatro meses de antelación a la finalización de los cinco años en el caso de la parte arrendadora y con dos meses de antelación en el caso de la parte arrendataria, se prorrogará anualmente el contrato durante tres años más.


No procederá la prórroga obligatoria del contrato en el caso de que, transcurrido el primer año de contrato, la parte arrendadora ponga de manifiesto a la parte arrendataria la necesidad de recuperar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares de primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. La parte arrendadora deberá comunicar este extremo con al menos dos meses de antelación a la fecha en que la vivienda se vaya a necesitar. En ese caso, la parte arrendataria estará obligada a entregar la vivienda en dicho plazo, salvo que las partes acuerden algo distinto.

TERCERA.- Renta Inicial.


El importe a pagar por el arrendamiento será de ________ anuales, equivalentes a ________ mensuales, pagaderos en meses naturales y por anticipado. El pago por la parte arrendataria, deberá efectuarse dentro de los siete primeros días de cada mes en el número de cuenta indicado por la parte arrendadora. En el caso que la domiciliación bancaria ocasionara gastos, correrán a cuenta de la parte arrendataria.

CUARTA.- Revisión de la renta.

Las partes contratantes convienen que la renta total que en cada momento satisfaga la parte arrendataria, durante la vigencia del presente contrato (o de sus  prórrogas) se acomodará cada año, a la variación porcentual que experimente el Índice General Nacional del Sistema de Precios al Consumo (IPC), que fije el Instituto Nacional de Estadística (u Organismo que le sustituya), aplicando a la renta total que satisfaga, la diferencia existente entre los índices correspondientes al periodo de revisión. Para la aplicación de la primera acomodación, se tomará como índice de referencia, el correspondiente a la variación entre el primer mes de y el último mes de cada año. La renta actualizada, acomodada y notificada, será exigible al mes siguiente de aquel, en que haya efectuado la notificación, sin que la demora, suponga renuncia de la misma, aceptando ambas partes los índices provisionales, en caso de no disponer de los definitivos.


QUINTA.- Estado de conservación de la vivienda.

La vivienda se entrega en perfecto estado de habitabilidad y la parte arrendataria, se compromete a mantenerla y a entregarla al finalizar el contrato en el mismo estado de conservación y sin agujeros en las paredes. La fianza que se entrega en el acto de la firma, se entrega como garantía del cumplimiento de esta obligación, y además, la parte arrendataria, se compromete a entregar a la parte arrendadora el importe de los daños causados que sobrepasen esta cuantía.


Son de cuenta y cargo de la parte arrendataria, los gastos ocasionados por los desperfectos que se produzcan, ya sea cristales, cerradura y demás útiles y utensilios de las instalaciones y su adecuado mantenimiento, los gastos de conservación y reparación de las instalaciones de agua, gas, electricidad, calefacción, cocina, baño, bidet, grifos, waters, lavabos, calentador, caldera, antena TV, y en particular todos los desagües, atascos, arreglos de la cocina, fregaderos, lavaderos, aire acondicionado y sus tuberías, como también la conservación, reparación de persianas en caso de existir tales utensilios e instalaciones, serán a cuenta de la parte arrendataria.


Será también a cuenta de la parte arrendataria, el coste de la revisión anual y mantenimiento de la caldera/calentador.


SEXTA.- Obras.

la parte arrendataria, no podrán realizar, sin el consentimiento de la parte arrendadora, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda, salvo las relativas al acondicionamiento y mantenimiento de la vivienda. En todo caso las obras que se realicen quedarán en beneficio del mismo sin derecho a indemnización alguna. 


SÉPTIMA.- Conservación y Reparaciones. 

Conforme a lo que determina el art. 21 de la L.A.U, la parte arrendadora está obligada a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable a la parte arrendataria, a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. Por su parte, la parte arrendataria se hará cargo de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, especificadas en el punto 5.


OCTAVA.- Otras obligaciones de la parte arrendataria.

La parte arrendataria queda obligada a:


a. A satisfacer los honorarios derivados de la redacción y gestión del presente contrato, así como los gastos de legalización, elevación a público e inscripción Registro (si quisiera), e impuestos del mismo, y a presentar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos del arrendamiento de vivienda.

b. A satisfacer los importes que pueda sobrevenir, como consecuencia de nuevos tributos, o que se deriven de los incrementos que puedan sobrevenir, así como de cualquier otra clase de impuestos, contribuciones, arbitrios, tasas, o cualquier otro, servicio o suministro, que grave a la Propiedad.

c. A no ceder, traspasar o subarrendar la vivienda (o parte de la misma) objeto del presente contrato, ni destinarla total o parcialmente al hospedaje. Tampoco se podrán manipular en la vivienda materiales explosivos, inflamables, incómodos o insalubres, y se observará en todo momento, las disposiciones vigentes y normas de la Comunidad.

d. A poner en conocimiento de la propiedad o el Administrador, a la mayor brevedad, la necesidad de llevar a efecto reparaciones necesarias, para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad.

e. A permitir el acceso a la vivienda al propietario o Administrador, y a los operarios o industriales mandados por cualquiera de ellos, para la realización inspección y comprobación de cualquier clase de obra o reparación. 

f. A realizar la limpieza del vestíbulo, rellano, escalera y ascensor de la finca (caso de no disponer la Comunidad de dicho servicio) al igual que el resto de vecinos de la misma, cuando le corresponda por turno establecido al efecto.


NOVENA.- Gastos generales y Servicios.

La parte arrendataria, se compromete a la contratación (cambio de nombre y cuenta), de los contadores de suministros de agua, luz y gas, en el plazo de 15 días, así como al pago del importe de los consumos que efectúe. Mientras procede a contratarlos, abonará a la parte arrendadora o directamente a la empresa respectiva, el importe a que asciendan los recibos por los suministros. 


En el caso de no proceder por parte de la parte arrendataria, al cambio de la titularidad y cuenta de los suministros respectivos, la parte arrendataria, autoriza a la propiedad, a realizar en su nombre el cambio de los mismos, asumiendo la parte arrendataria, cualquier deuda devengada a partir de la entrada en vigor del contrato.


La parte arrendataria, a la finalización del presente contrato o de cualquiera de sus prórrogas, no podrán dar de baja los contadores de los suministros, sin permitir el cambio de los mismos, de lo contrario, se hará cargo del coste íntegro de dar de alta nuevamente los mismos, descontándole dicho importe de la correspondiente fianza.


Ambas partes tienen convenido que la parte arrendadora satisfará, el importe, a que ascienda la participación de la vivienda objeto del presente contrato, en los gastos comunes de la finca, cuyo montante mensual, actualmente, está fijado en ________ Euros/mes. Igualmente la parte arrendadora satisfará el importe correspondiente por IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) de la vivienda arrendada, cuyo montante actualmente, asciende a ________ Euros/mes. 


DÉCIMA.- Incumplimiento.

La falta de pago de la renta, dentro del plazo fijado, así como el incumplimiento de cualquier otra obligación asumida por la parte arrendataria, en el presente contrato, dará lugar al ejercicio de la acción de desahucio, siendo de cuenta de la parte arrendataria, todos los gastos, costas, daños y perjuicios que se originen como consecuencia de ello, inclusive los honorarios del Letrado y los derechos del Procurador.


DECIMOPRIMERA.- Fianza.

La parte arrendataria, entrega en este acto la cantidad de ________, en concepto de fianza y depósito, para constituir la correspondiente fianza, según lo que determina la L.A.U.


DECIMOSEGUNDA.- Competencia jurisdiccional.

Será Juez competente para los litigios que se puedan producir, el de Primera Instancia del lugar en que se halle la vivienda arrendada.


DECIMOTERCERA.- Disponibilidad a la finalización del contrato. 

Convienen las partes, que, a la finalización del presente contrato, o de cualquiera de sus prórrogas establecidas en la nueva L.A.U. de fecha 24-11-94, reformada por la Ley 4/2013 del 4 de junio, la parte arrendataria, viene obligado a dejar la vivienda libre, vacua y expedita a disposición de la parte arrendadora, haciendo entrega de las llaves, y con ello, la posesión de la vivienda. De no hacerlo, deberá abonar a la parte arrendadora, por cada mes o fracción de mes que transcurra, hasta que consiga la parte arrendadora la libre disposición y posesión de la vivienda, además de los gastos que ocasione su incumplimiento, en concepto de cláusula penal, el DUPLO del importe que venía obligado a satisfacer, en concepto de renta, en el último mes de vigencia del Contrato.


DECIMOCUARTA.- Intereses Morosidad.

Ambas partes convienen y establecen que, caso de que la parte arrendataria, llegado la fecha convenida para el pago del recibo de alquiler, no cumpliese con dicha obligación, la parte arrendadora podrá reclamar, además del importe del citado recibo, los intereses que se devenguen, calculados al interés fijado por el Banco de España, incrementado en tres puntos.


DECIMOQUINTA.- Uso y Número Pernoctantes.

Ambas partes tienen convenido que en la vivienda objeto del presente contrato se usará exclusivamente como vivienda habitual y permanente la parte arrendataria, no pudiendo instalar en la misma ningún comercio, industria, oficina o despacho profesional, y mucho menos destinarla al hospedaje. No podrán pernoctar en la vivienda más de ________ PERSONAS. El incumplimiento de esta cláusula será causa de disolución de contrato. 


DECIMOSEXTA.- Seguro Responsabilidad Civil

La parte arrendataria, está obligada a contratar y presentar un seguro de responsabilidad Civil como inquilinos de esta vivienda, a la parte arrendadora. 


DECIMOSÉPTIMA.- Renuncia a los derechos de adquisición preferente

La parte arrendataria, con expresa renuncia a lo dispuesto en el artículo 25 de la L.A.U., se conviene que en caso de venta de la vivienda arrendada no tendrán la parte arrendataria, derecho de adquisición preferente sobre la misma. Queda exenta la Propiedad de la obligación de notificar fehacientemente la venta del piso a la parte arrendataria.


Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, los intervinientes, en la representación que ostentan, firman por duplicado el presente contrato en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.
                        

___________________

Por la parte arrendataria

___________________

Por la parte arrendadora


ANEXO I-INVENTÁRIO


Las Partes acuerdan que el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, se arrienda junto con los siguientes bienes:


________


________


________


________


________






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